El 24 de agosto de 2023, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dictó la Comunicación “A” 7825, en virtud de la cual se estableció que “la retribución que los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) perciban por los saldos en pesos de las cuentas de depósito en las entidades financieras, en las que se depositen los fondos de sus clientes, deberá ser trasladada totalmente a esos clientes”.

Se recuerda que, conforme Comunicación “A” 7611, el BCRA había permitido a las billeteras virtuales utilizar solo hasta un 45 % de los fondos encajados (es decir, no invertidos en FCI) por los clientes, a una tasa del 100 % con ciertos bonos del Tesoro Nacional en pesos. A partir de esta nueva regulación, las billeteras virtuales estarán obligadas a trasladar el rendimiento que generan sus depósitos a sus clientes.